Nuestro reglamento interno
Reglamento de 29 de junio de 2024
El presente reglamento interno establece las normas de funcionamiento y organización del partido político FOKUS. Se aplican a todos los miembros y órganos del partido.
- El reglamento interno establece las normas relativas a la organización interna, los órganos de decisión, la disciplina y los procedimientos de elección dentro de FOKUS.
- Se aplica a todos los miembros e instancias del partido sin excepción.
- Es válida a partir de la fecha de adopción por el Comité nacional y sigue siendo válida hasta que se adopte una versión más reciente.
- La afiliación al partido está abierta a cualquier persona física que suscriba los principios y valores del partido y pague la cuota anual de afiliación.
- FOKUS ofrece formularios de solicitud de afiliación tanto en formato electrónico en su página web como en formato impreso. El uso de estos formularios de solicitud es recomendable pero no obligatorio. En principio, una solicitud de afiliación puede presentarse de cualquier forma, siempre que contenga la identidad del solicitante y la información de contacto pertinente.
- FOKUS requiere el nombre completo, la dirección postal, la fecha de nacimiento y los datos de contacto (teléfono, correo electrónico, etc.) de cada miembro para inscribirse como miembro del partido. Si no se facilita esta información en la solicitud de afiliación, la secretaría se pondrá en contacto con el nuevo miembro para obtener los datos que faltan. Si faltan los datos de contacto, no se tramitará la moción / solicitud.
- La aceptación o el rechazo de una solicitud de afiliación corresponde al Comité ejecutivo en nombre del Comité nacional. Una solicitud de afiliación puede ser rechazada sin indicar los motivos.
- En caso de rechazo, el miembro rechazado puede ponerse en contacto por escrito con el Comité nacional para que se revise el rechazo. El Comité nacional toma la decisión final sobre el rechazo o la aceptación de la solicitud de afiliación.
- Los miembros de FOKUS se comprometen a pagar la cuota anual fijada por el Congreso Nacional.
- Todos los miembros de FOKUS tienen derecho a participar en las actividades generales del partido, así como en el congreso nacional y en las asambleas generales regionales y locales.
- Sólo los miembros que hayan pagado su cuota de afiliación en el momento de la elección respectiva tienen derecho a votar en todas las asambleas generales y derecho a presentarse a los cargos vacantes en la asamblea respectiva.
- El Congreso Nacional es el órgano supremo del partido. Se reúne una vez al año en sesión ordinaria.
- Los acuerdos del Congreso Nacional se adoptan por mayoría simple de los miembros con derecho a voto presentes o representados, salvo que los Estatutos o el Reglamento interno dispongan otra cosa.
- El orden del día del Congreso Nacional lo fija el Comité ejecutivo y se comunica a los miembros al menos 15 días antes de la fecha de la reunión.
- El Comité nacional y el Comité ejecutivo son los órganos de gobierno del partido. Los miembros de estos dos órganos son elegidos por el Congreso Nacional para un mandato de dos años.
- Luxemburgo está dividido en cuatro regiones o circunscripciones (Norte, Centro, Este y Sur). Cada una de estas circunscripciones tiene un congreso regional al que pertenecen todos los miembros que viven en esa circunscripción y que se reúne una vez al año en sesión ordinaria.
- El comité regional de una circunscripción está formado por al menos un presidente, un máximo de dos vicepresidentes, un secretario, un tesorero y un máximo de seis miembros electos sin poderes especiales.
- Los miembros del comité regional son elegidos por el congreso regional de la circunscripción para un mandato de dos años.
- Los Presidentes de los Comités Regionales también son miembros del Comité nacional mientras dure su mandato.
- El comité regional es responsable de construir y gestionar la base del partido en las cuatro circunscripciones del país, organizar actos del partido y reclutar nuevos miembros y candidatos adecuados para las elecciones locales.
- Se podrá constituir una sección en cualquier municipio del país, siempre que al menos cinco miembros residentes en ese municipio se reúnan en una asamblea de sección y elijan de entre ellos un Comité de sección, compuesto por un presidente, hasta dos vicepresidentes, un secretario, un tesorero y hasta seis miembros sin áreas de responsabilidad específicas.
- Los miembros de los Comités de sección son elegidos por la Asamblea de sección correspondiente para un mandato de dos años; los presidentes de los Comités de sección son también miembros del Comité regional responsable de su sección respectiva mientras dure su mandato.
- Una vez fundada una sección, la asamblea de sección se reúne al menos una vez al año por invitación del Comité de sección.
- El Comité nacional puede crear grupos de trabajo para tratar temas específicos (por ejemplo, economía, medio ambiente, asuntos sociales). Existen dos tipos de grupos de trabajo dentro de FOKUS.
- Un grupo de trabajo político se ocupa de un tema específico que le asigna el Comité nacional. La tarea de un grupo de trabajo político es elaborar recomendaciones para los programas electorales y políticos del partido. Estos grupos de trabajo se disuelven una vez completadas sus tareas y pueden volver a crearse si es necesario.
- Se crea un grupo de trabajo administrativo a largo plazo que se encarga de las tareas administrativas del partido (por ejemplo, el grupo de trabajo «Medios sociales» es responsable de la presencia del partido en las redes sociales).
- Cada grupo de trabajo se compone de miembros voluntarios y está dirigido por un presidente que es nombrado por el Comité ejecutivo y es miembro del Comité nacional mientras dure su mandato.
- El Consejo de Sabios es un órgano que puede ser creado por el Comité ejecutivo en caso de necesidad. El consejo debe constituirse si lo convoca un miembro de FOKUS, tal y como prevén los estatutos.
- Es un órgano consultivo que supervisa el cumplimiento de los valores y principios del partido y asesora sobre cuestiones estratégicas y éticas.
- El Panel de Personas Eminentes está compuesto por un máximo de 3 miembros nombrados por el Comité ejecutivo por un periodo de 2 años. Los mandatos de los miembros del Grupo de Personalidades Eminentes pueden prorrogarse.
- El Consejo de Sabios sólo se reunirá en ocasiones especiales a petición de un miembro, de la Ejecutiva o del Comité nacional o del Congreso nacional.
- Las declaraciones del Grupo de Personas Eminentes tienen carácter consultivo y no son vinculantes para ninguno de los comités del partido, pero deben tenerse en cuenta a la hora de tomar decisiones importantes.
- A menos que la reunión electoral respectiva decida otra cosa, las elecciones y votaciones tendrán lugar de la siguiente manera:
- La votación se realiza de forma pública mediante tarjetas de votación o de forma anónima mediante papeletas. Tanto las tarjetas de votación como las papeletas se entregan a los miembros participantes con derecho a voto antes de la votación. Si se autoriza el voto por poder, un miembro también puede recibir más de una papeleta o más de una tarjeta de votación.
- Las elecciones para los cargos se celebran siempre de forma anónima mediante papeletas que se distribuyen a los miembros antes del inicio de la reunión electoral correspondiente. Esto significa automáticamente que las candidaturas para los respectivos cargos deben presentarse unos días antes del comienzo de la reunión electoral para que las papeletas puedan prepararse en consecuencia.
- Las papeletas con menos votos emitidos de los posibles o con un número exacto de votos se consideran válidas y los votos se asignan a los candidatos respectivos según el número de votos emitidos.
- Las papeletas sin votos se cuentan como abstenciones.
- Las papeletas con más votos que el número máximo posible de votos se consideran nulas y no se incluyen en el resultado de las elecciones.
- Las papeletas analizadas se guardan en un sobre sellado durante al menos 6 meses para permitir cualquier recuento posterior.
- Las elecciones a los Comités Nacional y Ejecutivo tienen lugar aunque no haya más candidatos que puestos anunciados. En este caso, los miembros del partido con derecho a voto pueden votar «SÍ» o «NO» por cada candidato para determinar un porcentaje de aprobación.
- Los candidatos que obtengan menos del 50 % de los votos emitidos en dichas elecciones se considerarán no elegidos.
- Como los miembros del Comité ejecutivo son elegidos directamente por el Congreso Nacional, no es posible sustituirlos sin ser reelegidos. Se aplican las siguientes normas:
- La dimisión o destitución del Presidente, Secretario General o Tesorero conlleva automáticamente la convocatoria de un Congreso Nacional Extraordinario, en el que debe cubrirse el puesto vacante.
- No obstante, en caso de dimisión o cese del cargo de portavoz del partido(que no necesariamente debe ser ocupado) o de uno de los vicepresidentes del partido, el Comité ejecutivo puede nombrar a uno de los miembros electos del Comité nacional como sucesor para el resto del mandato o dejar vacante el cargo.
- En caso de dimisión o cese de un miembro del Grupo de Personalidades Eminentes, el Comité nacional podrá nombrar a otro miembro del partido para el Grupo de Personalidades Eminentes o dejar vacante el puesto.
- En caso de dimisión o destitución de titulares de mandato en todos los demás órganos del partido, incluido el Comité nacional, el órgano en cuestión podrá nombrar nuevos titulares de mandato para el resto del mandato del miembro que haya dimitido. Se aplicarán las siguientes normas:
- Si ya se han celebrado elecciones para el órgano correspondiente y en dichas elecciones hubo más candidatos que mandatos, los candidatos no elegidos deberán tenerse en cuenta en el orden de sus resultados a la hora de cubrir los mandatos.
- Si no hay suficientes antiguos participantes en las elecciones para renovar los mandatos, el órgano correspondiente podrá cooptar a cualquier otra persona que pueda optar al mandato.
- En todos los casos en que se sustituyan mandatos debido a la dimisión o destitución de sus titulares, la sustitución sólo se hará por el tiempo restante del mandato del titular dimisionario o hasta la nueva elección del órgano correspondiente(y no por el mandato completo de dos años).
- La dimisión o expulsión de un miembro del partido político FOKUS conlleva automáticamente la dimisión de todos los mandatos en todos los órganos del partido.
- La dimisión simultánea de más de la mitad de los miembros electos de un órgano conlleva la autodisolución del órgano en cuestión.
- En caso de autodisolución de un órgano, la asamblea electoral responsable de dicho órgano será convocada lo antes posible a una reunión extraordinaria para garantizar una nueva elección del órgano disuelto.
- Si no puede celebrarse una nueva elección del órgano disuelto porque no hay suficientes candidatos o el número de miembros no es suficiente para convocar una reunión electoral, el Comité nacional puede decidir disolver temporal o definitivamente el órgano en cuestión.
- Los mandatos de los miembros electos del Comité nacional o del Comité ejecutivo(en el Comité ejecutivo son el Presidente, los dos Vicepresidentes, el Secretario, el Tesorero y, si se decide, un Portavoz del partido; en el Comité nacional son los 12 miembros elegidos directamente), así como los Vicesecretarios, los Viceportavoces del partido y los representantes de las cuatro circunscripciones cooptados al Comité ejecutivo pierden automáticamente su validez por nuevas elecciones en un Congreso nacional ordinario o extraordinario. Por tanto, la duración real de estos mandatos puede desviarse del periodo de dos años especificado en los estatutos.
- La pérdida del mandato de un partido conlleva automáticamente la pérdida de todos los mandatos en todos los órganos del partido que se obtuvieron a través de ese mandato.
- El Comité nacional puede invitar a determinados miembros del partido a asistir a las reuniones del Comité nacional debido a circunstancias especiales. Dicha invitación no constituye un mandato y no conlleva ningún derecho de voto; puede ser revocada por el Comité nacional en cualquier momento.
- Los mandatos que se otorgan debido a la dimisión o destitución de los titulares de los mandatos son válidos para el resto del mandato del titular del mandato que ha dimitido o ha sido destituido.
- Los mandatos de todos los demás cargos electos son válidos durante 2 años a partir de la fecha de la elección o hasta la nueva elección del órgano respectivo.
- Para garantizar la continuidad del trabajo del partido durante las campañas electorales, las elecciones internas a los comités del partido no deben solaparse con las elecciones locales, nacionales o europeas. Por lo tanto, no deben celebrarse elecciones internas del partido en los seis meses anteriores y los tres meses posteriores a dichas elecciones.
- Por lo tanto, si las elecciones internas del partido deben celebrarse durante este periodo(es decir, si el final del mandato de dos años cae dentro de este periodo antes y después de las elecciones), el Comité Nacional puede decidir que
- o bien el mandato de los órganos en cuestión se acorta hasta tal punto que la disolución del órgano y su elección se completan a más tardar seis meses antes de las elecciones en cuestión
- o el mandato de los órganos en cuestión se prorrogue hasta tal punto que la disolución del órgano en cuestión no tenga lugar hasta al menos tres meses después de las respectivas elecciones.
- El artículo 2.2.3 de los Estatutos estipula que sólo los miembros del Comité nacional que se jubilen podrán solicitar un puesto en el Comité ejecutivo.
- Las candidaturas al Comité ejecutivo se presentan directamente para uno de los mandatos a cubrir(1 Presidente, hasta 2 Vicepresidentes, 1 Secretario, 1 Tesorero y, si lo decide el Comité nacional, 1 Portavoz).
- En caso de elecciones simultáneas al Comité nacional y al Comité ejecutivo, sólo los miembros del Comité nacional que estén en funciones en el momento de la apertura del congreso electivo podrán presentarse como candidatos a un puesto en el Comité ejecutivo.
- En caso de congresos electorales separados para la elección del Comité nacional y del Comité ejecutivo, tanto los miembros activos del Comité nacional como los miembros que dimitieron del Comité nacional en las últimas elecciones pueden solicitar un puesto en el Comité ejecutivo.
- Para garantizar la continuidad en la dirección del partido, se estipula además de los estatutos del partido que los candidatos a uno de los doce(12) puestos del Comité nacional elegidos por el Congreso nacional deben haber sido miembros activos del partido FOKUS durante al menos un año el día de la elección y haber cumplido con su obligación de pagar las cuotas de afiliación durante este periodo para poder presentarse a uno de los puestos del Comité nacional.
- El requisito de afiliación de un año no se aplica expresamente a los miembros del Comité nacional que obtengan su mandato en el Comité nacional a través de un mandato como presidente de uno de los cuatro comités regionales o como presidente de uno de los grupos de trabajo, ni a ningún miembro cooptado o invitado.
Normalmente, las elecciones a los Comités Nacional y Ejecutivo se celebran consecutivamente en el mismo Congreso Nacional. En este caso, se aplican las siguientes modalidades:
- Todos los candidatos a un puesto en el Comité ejecutivo se inscriben automáticamente como candidatos a un puesto en el Comité nacional(salvo que el candidato en cuestión renuncie expresamente a solicitar un puesto en el Comité nacional).
- La elección al Comité nacional tiene lugar antes de la elección al Comité ejecutivo.
- Si un candidato ya elegido al Comité nacional es elegido para uno de los puestos del Comité ejecutivo, el siguiente candidato no elegido de la lista electoral del Comité nacional asciende para mantener el número de 12 miembros elegidos(esta norma no se aplica si no hay suficientes candidatos y, por tanto, no hay suficientes sustitutos).
Si las elecciones a los Comités Nacional y Ejecutivo no se celebran el mismo día, sino que se posponen, se aplican las siguientes modalidades:
- En las elecciones al Comité nacional, sólo los 12 miembros electos del Comité nacional son recién elegidos. Los mandatos de los miembros que forman parte del Comité nacional a través de otro mandato o que han sido cooptados se mantienen hasta el final de su mandato.
- Si un candidato que ya forma parte del Comité nacional es elegido para un puesto en el Comité ejecutivo, el siguiente candidato no elegido de la lista electoral del Comité nacional en las últimas elecciones asciende para mantener el número de 12 miembros elegidos(esta norma no se aplica si no hay suficientes candidatos y, por tanto, no hay suficientes sucesores).
El Comité nacional es responsable de desarrollar las posiciones y estrategias políticas del partido y de elaborar los programas electorales(art.3.2.6), que deben ser aprobados por el Congreso nacional(art. 3.1.1).
- grupo de trabajo
- Para elaborar los programas electorales, el Comité nacional creará(o disolverá) grupos de trabajo sobre la base de las propuestas del Comité ejecutivo y les asignará las áreas temáticas para las que el respectivo grupo de trabajo deberá desarrollar posiciones y estrategias(Art. 6.1.1).
- Cada uno de estos grupos de trabajo tiene un presidente(nombrado por el Comité ejecutivo, art. 6.1.2) y un número de miembros(que puede ser limitado por el Comité nacional si es necesario, art. 6.1.3) y trabaja bajo la supervisión del portavoz del partido(o del presidente del partido si no se ha nombrado portavoz), que es el principal punto de contacto para todas las cuestiones de dirección política(art. 6.1.6 y 8.2.4). Los presidentes de los distintos grupos de trabajo se hacen automáticamente miembros del Comité nacional (art. 6.1.7) y permanecen en él durante la duración original de su mandato, incluso tras la disolución de un grupo de trabajo(art. 6.1.8).
- Campañas electorales y candidatos
- Para todas las campañas electorales, el Comité nacional presenta un plan basado en una propuesta del Comité ejecutivo que describe detalladamente los objetivos y las etapas de la campaña electoral(planificación preliminar, nombramiento de un equipo de campaña y de un director, descripción de las tareas de los distintos participantes, plan financiero, plan de comunicación, Art. 8.1.1).
- Sobre la base de este plan, los grupos de trabajo dirigidos por el portavoz del partido(Art. 6.1.6 y 8.2.4) preparan el programa electoral(Art. 8.1.2), que es confirmado por el Comité nacional(Art. 8.1.3) y adoptado por el Congreso nacional(Art. 3.1.4).
- El Comité nacional también designa a los candidatos para las elecciones(Art. 3.2.6 y 8.2.1), de entre los cuales el Congreso nacional nombra al candidato o candidatos más votados para las elecciones nacionales o europeas(Art. 3.1.4 y 8.2.3).
- Sanciones contra miembros del partido
- El Comité nacional puede iniciar un procedimiento disciplinario contra los miembros del partido sobre la base de una decisión del Comité ejecutivo. Dicho procedimiento podrá incoarse por infracciones graves y reiteradas de los Estatutos o del presente Reglamento interno o del Códigodeontológico («Code de Déontologie«) o por acciones contrarias a los intereses vitales del partido(art. 2.1.4).
- Las posibles sanciones a los miembros en virtud de estos procedimientos disciplinarios podrán llegar hasta la expulsión del partido; la decisión sobre la sanción aplicable y justificada en cada caso corresponderá al Comité nacional, teniendo en cuenta las directrices establecidas al efecto en este Reglamento.
- El Comité nacional puede destituir al presidente, secretario o tesorero de un Comité regional previa moción / solicitud por escrito del Comité ejecutivo, indicando los motivos. A continuación, los miembros del Comité Regional nombran a un sucesor para el puesto vacante mediante votación secreta(mayoría simple de los miembros presentes), sin que el miembro destituido pueda presentarse a la reelección. El mandato original permanece inalterado.
- Código de conducta y reglamento interno
- El Comité nacional puede elaborar, modificar y adaptar un Código Ético y un Reglamento Interno por mayoría simple(y respetando las posiciones establecidas en los Estatutos y el Programa de Principios)(Art. 1.2.5). Estos documentos o sus modificaciones entrarán en vigor 14 días después de su notificación a los miembros(Art. 1.2.6).
- Miembros, cooptaciones e invitaciones
- De conformidad con el artículo 3.2.1 de los Estatutos, el Comité nacional está compuesto por
- los miembros del Comité ejecutivo,
- los presidentes de las comisiones regionales,
- los presidentes de los grupos de trabajo y
- los doce(12) miembros elegidos por el Congreso Nacional.
- El Comité nacional puede cooptar o invitar a sus reuniones a cualquier miembro del partido que desempeñe o haya desempeñado un cargo político público para el partido(Art. 3.2.2).
- Además, el Comité nacional tiene derecho a trasladar la sede del partido(art. 1.1.3), a prorrogar el mandato de los titulares de mandatos individuales por razones excepcionales(art. 1.1.5) y a convocar congresos extraordinarios nacionales(art. 3.1.3) y regionales(art. 4.1.3) del partido.
- De conformidad con el artículo 3.2.1 de los Estatutos, el Comité nacional está compuesto por
- Otras competencias
- Además, el Comité nacional tiene las siguientes competencias:
- Traslado del domicilio social del partido(Art. 1.1.3)
- Prórroga del mandato de los titulares de mandatos individuales por razones excepcionales(Art. 1.1.5)
- Convocar congresos extraordinarios nacionales(Art. 3.1.3) y regionales(Art. 4.1.3)
- Además, el Comité nacional puede presentar propuestas sobre la estructura de las cuotas de afiliación al Congreso nacional para que tome una decisión(Art. 2.1.6).
- Además, el Comité nacional tiene las siguientes competencias:
- Sin embargo, el Comité nacional no es responsable de las cuestiones de finanzas, comunicación y administración cotidiana; estas competencias están asignadas al Comité ejecutivo en los estatutos(Art. 3.3.1, 3.3.6 y 3.3.7). El Tesorero es responsable de las finanzas y el Presidente y el Secretario General de la administración(aunque estas responsabilidades también pueden delegarse).
- El Comité ejecutivo es responsable de las finanzas, la comunicación interna y externa y la administración diaria del partido(Art. 3.3.1, 3.3.6 y 3.3.7). En este contexto, la responsabilidad de las finanzas recae en el Tesorero, que informa al Congreso Nacional sobre la situación financiera(Art. 7.1.1), el Presidente es responsable de definir la estrategia de comunicación y la comunicación, o el portavoz del partido durante las campañas electorales, y el Secretario General es responsable de la administración del partido. Todas estas funciones pueden delegarse.
- En cuanto a la responsabilidad exclusiva de las finanzas, los estatutos prevén una excepción. Esta excepción se refiere al presupuesto disponible para las campañas electorales, que debe ser aprobado por el Congreso Nacional(art. 3.1.4).
- Además, el Comité ejecutivo puede, en determinadas condiciones, solicitar al Comité nacional que excluya a miembros o retire a representantes autorizados de los comités regionales y locales(Art. 2.1.4 y 2.1.7) y que permita o rechace la participación de no miembros sin derecho a voto en los congresos nacionales y regionales(Art. 3.1.6 y 4.1.4).
- El Comité ejecutivo nombra a los presidentes de los grupos de trabajo(art. 6.1.2) y sus miembros están autorizados a asistir a todas las reuniones de cada grupo de trabajo(art. 6.1.5).
- Las competencias del Congreso Nacional se establecen en la Sección 3.1 de la Constitución, principalmente en el Art. 3.1.4. Según esta disposición, la Asamblea Nacional es responsable de
- la aprobación y modificación de la Declaración de Principios o de los Estatutos.
- la elección de los miembros del Comité nacional.
- la elección de los miembros del Comité ejecutivo.
- la elección del mejor candidato para las elecciones.
- la aprobación de los programas electorales
- aprobar los presupuestos de las campañas electorales.
- El artículo 3.1.1 establece que el Congreso Nacional es el órgano supremo del partido y como tal determina los objetivos y medidas políticas del partido.
- Además, el Artículo 2.1.6 estipula que el Congreso Nacional determinará las cuotas anuales de afiliación a propuesta del Comité nacional.
- El Código Ético figura en un documento aparte. Todos los miembros del partido reconocen los principios establecidos en él y se comprometen a cumplirlos.
- Cualquier comportamiento contrario a los intereses del partido o a sus valores puede ser objeto de medidas disciplinarias.
- En el caso de:
- violaciones graves y/o reiteradas de los estatutos del partido,
- infracciones graves y/o reiteradas del presente Reglamento,
- violaciones graves y/o reiteradas del Código Ético, o
- Acciones contrarias a los intereses vitales del partido,
- se podrá iniciar un procedimiento disciplinario contra el miembro en cuestión, de conformidad con el artículo 2.1.4 de los Estatutos.
- Antes de iniciar un procedimiento disciplinario contra un miembro del partido, el Comité ejecutivo elaborará un expediente escrito con las acusaciones contra el miembro en cuestión.
- El Comité ejecutivo decide sobre la incoación del procedimiento por mayoría de dos tercios de los miembros presentes.
- En caso de que se decida incoar un procedimiento disciplinario, se informará al Comité nacional de la decisión y sus miembros recibirán una copia del expediente para su información.
- En su siguiente reunión, el Comité nacional decidirá sobre la incoación del procedimiento por mayoría de dos tercios de los miembros presentes.
- Si la decisión de incoar un procedimiento disciplinario es confirmada por el Comité nacional, el miembro afectado será informado de la incoación del procedimiento y recibirá una copia del expediente con las acusaciones formuladas contra él.
- En caso de que el propio miembro sea miembro del Comité Nacional o del Comité ejecutivo y esté presente en persona en la reunión correspondiente, él mismo podrá ser informado de las alegaciones en esta reunión y responder a ellas. El Comité nacional podrá tomar una decisión en la misma reunión.
- En todos los demás casos, se informará al miembro afectado de la fecha de la reunión del Comité nacional en la que se tomará la decisión sobre posibles sanciones. El miembro afectado podrá responder a las alegaciones por escrito o personalmente ante el Comité nacional, a su elección. En caso de decisión de comparecer personalmente ante el Comité nacional, no se permite la representación por un representante autorizado.
- El miembro afectado puede recurrir la decisión del Comité nacional ante el Consejo de Sabios. Dicho recurso no tiene efecto suspensivo sobre las sanciones que pueda determinar el Comité nacional.
- El Consejo de Sabios puede confirmar la decisión del Comité nacional o devolver el caso al Comité nacional para que tome una nueva decisión.
En caso de procedimiento disciplinario contra un miembro, podrán imponerse las siguientes sanciones:
- En las elecciones al Comité nacional, sólo los 12 miembros electos del Comité nacional son recién elegidos. Los mandatos de los miembros que forman parte del Comité nacional a través de otro mandato o que han sido cooptados se mantienen hasta el final de su mandato.
- Si un candidato que ya forma parte del Comité nacional es elegido para un puesto en el Comité ejecutivo, el siguiente candidato no elegido de la lista electoral del Comité nacional en las últimas elecciones asciende para mantener el número de 12 miembros elegidos(esta norma no se aplica si no hay suficientes candidatos y, por tanto, no hay suficientes sucesores).
Las sanciones a imponer en el marco de cada procedimiento disciplinario son decididas por el Comité nacional.
La protección de los datos personales de nuestros miembros es una prioridad máxima para nuestro partido. La recogida, el tratamiento y el uso de los datos personales se llevan a cabo exclusivamente de conformidad con la normativa aplicable en materia de protección de datos, en particular el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
- Recogida y uso de datos – Los datos proporcionados por los miembros sólo se utilizarán para los fines del trabajo del partido, como la comunicación, la administración de la afiliación, la participación en votaciones y eventos internos del partido y para la administración de las contribuciones.
- Confidencialidad y seguridad – Todos los datos personales se tratan de forma confidencial y sólo son accesibles a las personas autorizadas dentro del partido. Se adoptan medidas técnicas y organizativas adecuadas (como la encriptación y el almacenamiento seguro) para evitar el acceso no autorizado, la divulgación o la pérdida de los datos.
- Supresión de datos – Los datos personales se suprimen en cuanto dejan de ser necesarios para el cumplimiento de las tareas del partido o a petición del miembro, siempre que no existan obligaciones legales de conservación.
- Acceso a sistemas de correo electrónico – Para garantizar una comunicación eficaz dentro del partido, el personal autorizado puede acceder a las cuentas de correo electrónico, incluso sin conocer la contraseña asignada por el usuario. Esto sólo se aplica a las cuentas de correo electrónico que se utilizan para el trabajo del partido y están bajo la administración del partido. El acceso sólo se concede en el ámbito de las actividades del partido y previa autorización de los órganos responsables del partido.
- Finalidad del acceso – El acceso sirve para garantizar la continuidad de la comunicación, por ejemplo en caso de cambios de personal o problemas técnicos. Cada acceso se documenta y, en la medida de lo posible, se informa previamente a los usuarios afectados.
- Deber de diligencia y prevención del uso indebido – El acceso a las cuentas de correo electrónico sin contraseña sólo podrá concederse a personas autorizadas que se hayan comprometido a mantener la confidencialidad del contenido. Cualquier uso no autorizado o divulgación de información de las cuentas de correo electrónico será estrictamente sancionado.
- El Comité nacional podrá modificar el presente Reglamento interno por mayoría de dos tercios de los miembros presentes o representados.
- Cualquier propuesta de modificación del Reglamento interno deberá enviarse a los miembros del Comité nacional con antelación, junto con el orden del día de la reunión correspondiente.