Nuestros estatutos

Estatutos de 14 de mayo de 2022

Traducción automática

Ésta es la traducción al alemán de los estatutos del partido político FOKUS, redactados en francés. Esta traducción ha sido en gran parte mecanografiada y revisada por nosotros de forma adecuada. No obstante, no garantizamos la exactitud, fiabilidad o corrección de esta traducción. Los estatutos en la versión original en francés son los auténticos.

  1. Fokus es un partido político luxemburgués que une a las personas que apoyan los valores y conceptos liberales, sociales, europeos, reformistas y humanistas y, por tanto, rechaza las alianzas con entidades políticas que se oponen a los mismos valores y conceptos.
  2. Los valores de Fokus están recogidos en la Declaración de Principios, que fue aprobada por el Congreso Nacional sobre la base de una propuesta presentada por el Comité nacional. Esta declaración está sujeta a futuras modificaciones.
  3. La sede del partido político Fokus se encuentra en Esch-sur-Alzette, 14, rue Emile Eischen. Por decisión del Comité nacional, puede trasladarse a cualquier otro lugar del Gran Ducado de Luxemburgo(nota: la sede actual es 25, rue du Nord, 4260 Esch-sur-Alzette).
  4. FOKUS se constituye por tiempo indefinido.
  5. La duración de los mandatos se especifica en años. Por decisión del Comité nacional, cualquier mandato dentro del partido puede prorrogarse si así lo exigen razones excepcionales.

  1. La organización y el funcionamiento de FOKUS se basan en un reglamento interno.
  2. Todas las acciones de Fokus se basan en un código ético, que cada miembro se compromete a respetar bajo pena de expulsión.
  3. Los miembros de Fokus respetan la declaración de principios, el reglamento interno, el código ético y apoyan lealmente las acciones políticas de Fokus. Apoyan a los candidatos de Fokus en las elecciones.
  4. Los miembros de Fokus se comprometen, bajo pena de expulsión, a no ser ni hacerse miembros de ninguna otra entidad política luxemburguesa o europea, ni a promoverla.
  5. El Comité nacional aprueba por mayoría el Reglamento Interno y el Código Deontológico, así como cualquier modificación posterior.
  6. El Reglamento y el Código Ético se aplicarán a los miembros de forma adecuada 14 días después de su publicación.

  1. A menos que se especifique lo contrario, un miembro que no pueda participar en una votación no podrá ser representado en persona ni por un representante autorizado. Tampoco está permitido el voto por correo.
  2. Salvo que se estipule lo contrario en estos Estatutos, los acuerdos colectivos de los miembros de Focus sólo son válidos si se aprueban por mayoría simple de los miembros presentes. No se tienen en cuenta las abstenciones ni las papeletas en blanco o nulas.
  3. En caso de empate de votos para un puesto vacante, gana el miembro con más antigüedad en el partido. Si no es posible una división de este modo, gana el candidato más joven.

  1. Cualquier grupo de seis o más miembros puede presentar una enmienda para su votación en un congreso nacional.
  2. Cualquier grupo de tres o más miembros puede presentar una enmienda para su votación en una convención regional, siempre que los miembros firmantes residan en la circunscripción en cuestión.
  3. Una enmienda debe presentarse por escrito en luxemburgués, alemán o francés. Debe contener el contexto en el que se presenta y formular claramente la propuesta que se va a someter a votación. Debe contener los nombres y direcciones de los miembros firmantes y estar debidamente firmada por ellos.
  4. Toda enmienda debe inscribirse en el marco establecido en la Declaración de Principios y el Código Ético. No puede tratar un tema que ya se haya tratado en una moción / solicitud anterior, en gran medida similar, presentada en un plazo de dieciocho meses.
  5. Las enmiendas deben presentarse al Secretario General del partido al menos diez días antes de la votación prevista. Si el Secretario General determina que la moción cumple los criterios de admisibilidad mencionados, la remite con su valoración al Comité nacional, que toma la decisión final sobre la admisibilidad.
  6. El Secretario General informará a los miembros que hayan presentado la moción / solicitud de la decisión del Comité nacional y, en caso de declaración favorable del Comité nacional, remitirá la moción / solicitud al órgano designado para que la incluya en el orden del día y proceda a la votación.

  1. Puede hacerse miembro cualquier persona física que haya cumplido quince años.
  2. Toda persona que desee hacerse miembro debe presentar su solicitud de afiliación de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento interno.
  3. La afiliación caduca por fallecimiento, dimisión, destitución o exclusión.
  4. Las violaciones graves y reiteradas de estos Estatutos o del Reglamento o del Código Ético, así como las acciones contrarias a los intereses del partido, pueden dar lugar a un procedimiento disciplinario de acuerdo con las disposiciones del Reglamento, basado en una decisión del Comité ejecutivo.
  5. Al afiliarse al partido, el miembro otorga a Fokus el derecho a recoger, procesar y transmitir sus datos personales por medios electrónicos o mecánicos y a enviarle comunicaciones periódicas.
  6. El Congreso Nacional fija las cuotas anuales de afiliación basándose en una propuesta del Comité nacional.
  7. El miembro se compromete a pagar su cuota anual de afiliación. El miembro que no pague su cuota de afiliación a pesar de dos recordatorios del tesorero del partido perderá el derecho a participar en votaciones y a apoyar una moción mientras persista su deuda de cuota de afiliación. Si esta situación persiste durante dos años completos consecutivos, el Comité ejecutivo podrá decidir la expulsión del miembro moroso sin previo aviso, basándose en una recomendación del Tesorero.

  1. Todos los miembros pueden participar en el proceso de toma de decisiones dentro de Fokus y expresarse libremente sobre todas las cuestiones políticas como parte del proceso de formación de opinión del partido.
  2. Cualquier miembro puede presentar su candidatura a cualquier órgano del partido de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento interno.
  3. Sólo los miembros del Comité nacional que se jubilen podrán presentar su candidatura a los puestos del Comité ejecutivo.
  4. Cada miembro puede beneficiarse de la información proporcionada por el partido y, dentro de los límites establecidos por el Comité ejecutivo, participar libremente en los grupos de trabajo políticos de su elección.
  5. Cada miembro puede participar en los congresos nacionales y regionales y en las reuniones locales del partido.

  1. El Congreso Nacional es el órgano supremo del partido que determina los objetivos y las medidas políticas del partido. Está formado por todos los miembros del partido.
  2. El Congreso Nacional ordinario se reúne una vez al año, antes de finales de mayo, en un lugar adecuado del Gran Ducado de Luxemburgo.
  3. Podrá celebrarse un Congreso Nacional extraordinario por resolución del Comité nacional.
  4. El Congreso Nacional tiene los siguientes poderes exclusivos:
    • Aprobación y modificación de la declaración de principios y, en su caso, de los estatutos
    • Elección de los miembros del Comité nacional
    • Elección de los miembros del Comité ejecutivo
    • Elección del candidato o candidatos más votados en las elecciones
    • Aprobación de los programas electorales
    • Aprobación de los presupuestos de las campañas electorales.
  5. Sólo los miembros de FOKUS están autorizados a participar en las votaciones del congreso.
  6. Queda a discreción del Comité ejecutivo admitir o rechazar a los no afiliados sin derecho a voto en los congresos.

  1. El Comité nacional está formado por:
    • los miembros del Comité ejecutivo
    • los presidentes de los comités regionales (circunscripciones electorales)
    • los presidentes de los grupos de trabajo
    • doce miembros elegidos directamente por el Congreso Nacional.
  2. En su primera reunión, el Comité nacional podrá cooptar a cualquier miembro que asuma o haya asumido una función política pública en nombre del partido.
  3. Tres ausencias consecutivas de un miembro del Comité nacional a sus reuniones sin una razón válida supondrán la retirada de la afiliación al Comité nacional.
  4. Los miembros del Comité nacional se hacen miembros por un mandato de dos años.
  5. El Comité nacional está investido de todos los poderes para actuar en nombre de FOKUS y tomar todas las medidas necesarias, con excepción de los poderes reservados por ley o por estos Estatutos al Congreso nacional.
  6. El Comité nacional decide las posiciones políticas de Fokus y designa a los candidatos para las elecciones nacionales, locales y europeas.
  7. El Comité nacional decide sobre la participación del gobierno, un acuerdo de coalición y los nombramientos para los cargos del gobierno a propuesta del Comité ejecutivo.
  8. El Comité nacional está presidido por el Presidente del partido o, en su ausencia, por el Portavoz o, en su ausencia, por el Secretario General.
  9. Las votaciones serán a mano alzada o secretas. Corresponde al Comité nacional determinar el procedimiento de la votación en cuestión por mayoría simple.
  10. El Comité nacional se reúne al menos cada dos meses por invitación del Presidente.
  11. La junta directiva establece el orden del día con antelación. El Secretario General lo comunica al menos dos días antes de la reunión del Comité nacional.
  12. En caso de urgencia, podrán añadirse al orden del día otros puntos de actualidad durante la reunión del Comité nacional si la mayoría de los miembros presentes vota a favor levantando la mano.

  1. Los miembros del Comité ejecutivo gestionan los asuntos cotidianos del partido en el marco de las medidas políticas determinadas por el Congreso Nacional.
  2. El Congreso Nacional elige a un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General, un Tesorero y un Portavoz por un periodo de dos años.
  3. A propuesta del Secretario General, uno o dos Vicesecretarios Generales pueden ser cooptados para formar parte del Comité ejecutivo. Su mandato será de dos años.
  4. Uno o dos portavoces adjuntos pueden ser cooptados en el Comité ejecutivo a propuesta del portavoz. Su mandato es de dos años.
  5. El Comité ejecutivo puede cooptar a un delegado de cada circunscripción para apoyar la organización de una o varias campañas electorales durante el mandato. Su mandato es de dos años.
  6. Sólo los miembros del Comité ejecutivo pueden comprometer a Fokus. Están autorizados a conceder entrevistas, hacer declaraciones escritas u orales y publicar posiciones, resoluciones o anuncios en nombre y por cuenta de Fokus.
  7. El Comité ejecutivo determina la estrategia de comunicación de Fokus.
    • En el ejercicio de estas competencias, los miembros del Comité ejecutivo se adhieren a los cargos del partido.
    • Cualquier comunicación realizada en nombre y por cuenta de Fokus en redes sociales, periódicos, radio, televisión, boletines digitales o impresos u otros medios de comunicación y transmisión de datos requiere el consentimiento previo del Comité ejecutivo.
    • Cualquier opinión personal que se desvíe de la línea del partido debe estar prohibida.
    • Cualquier opinión personal no autorizada previamente por la junta directiva debe indicarse claramente como tal y no es vinculante para el partido.
    • El portavoz garantiza que las posiciones políticas de FOKUS se comunican de forma veraz y completa y se compromete a etiquetar las opiniones personales como tales.
    • Durante las fases de desarrollo y aplicación de la estrategia de comunicación, el Comité ejecutivo puede encargar a un tercero la prestación de servicios de apoyo. Previo acuerdo de confidencialidad con este tercero, el Comité ejecutivo podrá transmitirle información confidencial.

Una región está formada por las secciones locales que pertenecen a la circunscripción respectiva.

  1. Pertenecen al congreso regional todos los miembros del partido que residan en uno de los municipios pertenecientes a la circunscripción respectiva.
  2. El congreso regional ordinario se reúne una vez al año antes de finales de marzo.
  3. A moción / solicitud del Comité ejecutivo, el Comité nacional podrá convocar un Congreso regional extraordinario.
  4. Sólo los miembros de FOKUS que residan en uno de los municipios pertenecientes a la región tienen derecho a participar en las votaciones del congreso regional. El Comité ejecutivo puede autorizar o denegar la participación en los congresos regionales a los no afiliados sin derecho a voto.
  5. El Congreso Regional tiene las siguientes competencias:
  6. Elección del Comité Regional: el Congreso Regional elige a un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y un número de miembros del Comité Regional a determinar por el Congreso Regional. La duración del mandato es de dos años.
    • Decidir un plan de acción política conjunta
    • Propuesta de candidaturas regionales para las elecciones al Comité nacional.

  1. Para cada región que no tenga al menos una sección local, el Comité ejecutivo nombra a un presidente que es responsable de poner en marcha la creación de una o más secciones locales. El mandato finaliza con el siguiente Congreso Regional o por revocación del Comité Ejecutivo.
  2. Cada sección local puede elegir entre sus miembros a dos delegados permanentes ante el Comité Regional. El mandato de estos delegados es de dos años.
  3. El Secretario del Comité Regional representa a su Presidente en el Comité nacional si éste no puede asistir.
  4. El Comité nacional puede destituir al Presidente, Secretario o Tesorero de un Comité regional previa moción / solicitud escrita motivada del Comité ejecutivo. A continuación, los miembros del Comité Regional eligen por mayoría secreta a un sustituto para el puesto vacante, sin que el miembro destituido pueda presentarse a la reelección para el mandato en curso. El mandato original permanece en vigor.
  5. El Comité regional decide sobre los acuerdos de coalición a nivel del consejo local a propuesta de la sección local y previa consulta al Comité nacional.

Los miembros que residen en el mismo municipio forman una sección local (o grupo local ).

  1. El congreso de sección está formado por todos los miembros del partido residentes en el municipio de la sección local.
  2. El Congreso ordinario de la Sección se reúne una vez al año antes de finales de febrero.
  3. El Comité nacional podrá convocar un Congreso de Sección extraordinario a moción / solicitud del Comité ejecutivo.
  4. Los miembros residentes en un municipio vecino que no puedan constituir una sección local por falta de miembros pueden afiliarse a una sección local vecina.
  5. Un miembro que traslade su lugar de residencia fuera de su municipio puede seguir siendo miembro de su sección original durante un periodo de tres años y durante el año en curso siguiente a su marcha, tras lo cual el miembro pasa a la sección de su municipio de residencia.
  6. Sólo los miembros de FOKUS que residan en el municipio de la sección local(o en un municipio vecino de acuerdo con las condiciones descritas anteriormente) tienen derecho a participar en las votaciones de la sección local. Queda a discreción del Comité Ejecutivo permitir o denegar a los no afiliados participar en las reuniones locales sin derecho a voto.
  7. El Congreso de la Sección tiene los siguientes poderes:
    • la elección del Comité de sección: un presidente, un secretario, un tesorero y un número indeterminado de miembros
    • la elección de dos delegados permanentes para el Comité Regional
    • Decisión sobre un plan de acción política conjunta
    • Propuesta de candidatos electorales de la sección local al comité regional

  1. El Comité de sección está formado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y un número indeterminado de miembros. La duración del mandato es de dos años.
  2. El Comité nacional puede destituir al Presidente, Secretario o Tesorero de un Comité de sección sobre la base de una solicitud escrita y motivada del Comité ejecutivo. A continuación, los miembros de la sección eligen por mayoría secreta a un sustituto para el puesto vacante, sin que el miembro destituido pueda presentarse a la reelección para el mandato en curso. El mandato original permanece en vigor.

  1. Se crea y disuelve un grupo de trabajo político por resolución del Comité nacional a petición del Comité ejecutivo.
  2. El Comité ejecutivo nombra al Presidente del grupo de trabajo político.
  3. Los miembros del partido son libres de participar en los grupos políticos de su elección. Sin embargo, en aras de una buena organización de los grupos de trabajo políticos, el Comité nacional puede limitar el número máximo de miembros por grupo y el número máximo de grupos por miembro.
  4. Los grupos de trabajo políticos desarrollan estrategias políticas a medio y largo plazo en el marco de los temas especificados por el Comité nacional.
  5. Cada miembro del Comité ejecutivo tiene derecho a participar en las reuniones y en los trabajos de cada grupo de trabajo político.
  6. El portavoz de FOKUS es el punto de contacto para todas las cuestiones relativas a la orientación política en el marco de los temas y condiciones generales especificadas por el Comité nacional.
  7. Los presidentes de los grupos de trabajo políticos son miembros del Comité nacional. Si un presidente no puede asistir temporalmente, puede nombrar a un sustituto entre los miembros del grupo de trabajo que preside.
  8. El Presidente de un grupo de trabajo político cuyas actividades hayan finalizado seguirá siendo miembro del Comité nacional durante el resto de su mandato.

  1. El Tesorero del Comité ejecutivo es responsable de la administración de las finanzas. Presenta un informe al Congreso Nacional.
  2. El Secretario General podrá, previo aviso al Tesorero, liquidar facturas de terceros en relación con la administración cotidiana de la Secretaría y las actividades de marketing.
  3. Cada región y cada sección local puede nombrar a su propio tesorero para gestionar sus finanzas. Para ello, el tesorero regional o local puede solicitar la apertura de una cuenta bancaria a la que tienen libre acceso dos miembros del comité regional o local y dos miembros del Comité ejecutivo. Los poderes de los representantes autorizados se determinan (y actualizan) mediante una decisión escrita del Comité ejecutivo y se comunican a la entidad financiera correspondiente.
  4. A petición del Tesorero del Comité ejecutivo, los tesoreros regionales o locales deberán informarle por escrito en un plazo de catorce días y justificar los movimientos de las cuentas que les hayan sido asignadas.
  5. Los fondos mantenidos a nivel regional o local pertenecen al partido. Pueden ingresarse en una cuenta central del partido por decisión del Comité ejecutivo.
  6. Los tesoreros regionales y locales velan por el estricto cumplimiento de las normas de financiación de los partidos políticos.

  1. Basándose en una propuesta del Comité ejecutivo, el Comité nacional adopta un plan en el que se detallan los objetivos y procedimientos de la campaña electoral, incluyendo un plan preliminar, el nombramiento del director de campaña y del equipo de campaña, una descripción de las funciones de los implicados, un plan financiero, un plan de comunicación y el candidato o candidatos principales.
  2. Bajo la dirección del candidato o candidatos principales, los grupos de trabajo políticos elaboran un programa electoral basado en el plan de campaña electoral.
  3. El plan final de la campaña electoral, incluido el programa electoral, es aprobado por el Comité nacional.
  4. Corresponde al Comité nacional determinar las normas para la presentación de la información de la campaña en la Convención nacional ordinaria o extraordinaria.

  1. Cualquier miembro puede presentarse a las elecciones siempre que cumpla las condiciones establecidas por la ley y sea propuesto por el Comité nacional.
  2. Los miembros que se presenten a las elecciones están autorizados a conceder entrevistas, hacer declaraciones escritas u orales y publicar resoluciones o comunicados de Fokus en nombre y por cuenta de Fokus. En el ejercicio de esta facultad, se asegurarán de hablar con una voz común y de transmitir fielmente las posiciones del partido.
  3. El Congreso Nacional designa al candidato o candidatos principales en las elecciones nacionales y europeas.
  4. El Congreso Nacional elige al candidato o candidatos principales en las elecciones nacionales. Éste asume el papel de portavoz del partido. Dentro del Comité ejecutivo, es responsable de supervisar y coordinar el trabajo de los grupos de trabajo políticos en estrecha colaboración con sus presidentes.

  1. El mandato de diputado no puede combinarse con el de alcalde o concejal. En caso de que un miembro reciba este doble mandato, se compromete a renunciar a uno de los dos mandatos en un plazo razonable.
  2. El mandato de un diputado puede combinarse con el mandato del consejo municipal.
  3. Un miembro elegido para un mandato que por cualquier motivo decida abandonar Fokus o sea eliminado o excluido de la lista de miembros de Fokus se compromete a renunciar inmediatamente a su mandato político a favor del partido político Fokus.

  1. En su primera reunión tras el Congreso, el Comité nacional elige una Junta de Sabios por un periodo de dos años, compuesta por un máximo de tres miembros.
  2. Si es necesario, el Consejo de Sabios actúa como comité de arbitraje y trabaja para resolver las diferencias de opinión y los conflictos entre los miembros del partido.
  3. En caso de discrepancia sobre la interpretación y aplicación de los Estatutos, la Junta de Personas Eminentes decidirá tras recibir las declaraciones escritas de los partidos interesados.
  4. Para cumplir su cometido, el Panel de Personas Eminentes tendrá acceso a toda la información que considere necesaria. El Panel de Personas Eminentes está comprometido con la integridad y la confidencialidad absoluta. La información que los miembros compartan con el Panel de Personas Eminentes sólo podrá utilizarse para la resolución de conflictos y la mediación.
  5. La decisión del Grupo de Personalidades Eminentes, adoptada por mayoría simple, se hará por escrito.
  6. Los miembros del Consejo de Sabios no pueden ser miembros del Comité nacional al mismo tiempo.

  1. FOKUS puede conceder títulos honoríficos a miembros o a terceros a propuesta del Comité ejecutivo. Las condiciones para la concesión de dichos títulos las determina el Comité nacional. Un título honorífico no confiere ningún otro derecho u obligación a su titular.
  2. Si un miembro honorario actúa en contra de los intereses del partido, se le puede retirar el título honorífico por decisión del Comité nacional.

  1. Una modificación de estos Estatutos sólo puede ser adoptada por un Congreso Nacional. La resolución de modificación debe ser aprobada por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos.

  1. La disolución de Fokus sólo puede ser decidida por un Congreso Nacional. La resolución de disolver la organización debe ser aprobada por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos.
  2. Todos los casos no previstos en los presentes Estatutos serán decididos por el Comité nacional sobre la base de una recomendación del Comité ejecutivo.
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